El Consultivo avala la demanda de los interinos para ascender en la Junta


El Consejo Consultivo de Andalucía ha resuelto en un dictamen un conflicto enconado sobre los criterios de ascenso y designación de plazas de los funcionarios de carrera y los interinos. El órgano de asesoramiento legal de la Junta concluye que el tiempo trabajado debe sumar en los concursos de méritos para los trabajadores interinos, al igual que para los funcionarios de carrera. “La mejor opción es la tramitación de una modificación de la ley 6/1985 (de Ordenación de la Función Pública de Andalucía), en la que se defina el concepto de antigüedad con inclusión de los servicios prestados por los interesados antes de adquirir la condición de funcionarios de carrera”, se lee en un dictamen del pasado marzo al que ha tenido acceso EL PAÍS.

El texto responde a una consulta solicitada por la Consejería de Hacienda, que acudió al órgano el pasado febrero para esclarecer la diferencia de criterios que, según ve, existe jurídicamente entre el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), —que establece que no se compute la antigüedad a los interinos— y del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea —que insta a lo contrario—. Ante el desencuentro, la Administración andaluza no ha abierto ningún concurso de méritos en los últimos cuatro años, una convocatoria que debería realizarse cada seis meses pero que no se abre desde 2011, cuando cerca de 12.000 funcionarios se beneficiaron de los movimientos en 6.000 plazas de personal.

“La opción de establecer nuevos procesos de méritos y promoción interna utilizando los criterios del TSJA nos aboca con seguridad a un procedimiento sancionador por parte de la Comisión Europea que puede ser lesivo para la comunidad autónoma. Por el contrario, de cumplir con los criterios de la Unión Europea, la Administración General del Estado, así como del resto de las comunidades autónomas, parece inevitable que conllevaría a una interrupción del proceso y a una sentencia desfavorable por parte del TSJA”, expone la Administración como antecedentes de hecho.

El órgano, que no ve contradicción entre los pronunciamientos jurisdiccionales “al menos, hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea diga lo contrario” y que recuerda que “es obligado cumplir las sentencias” considera procedente emitir el dictamen en cuanto a la solicitud de opinión “que no invaden la esfera judicial”. “La situación afecta a miles de funcionarios y la parálisis en los concursos de méritos para la provisión de puestos vacantes es a todas luces dañina para el normal funcionamiento de la Administración y para la carrera profesional del conjunto de los funcionarios”, estima el órgano consultivo.

El Defensor del Pueblo Andaluz también se pronunció el pasado diciembre con la resolución de una queja en la que se recomendaba que se adopten “las medidas administrativas y reglamentarias precisas para preservar el derecho a la carrera profesional de los empleados públicos; que se haga efectiva la obligación de convocar, con periodicidad semestral el concurso de méritos; y que se persevere en el intento de consensuar, con las representaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General, las distintas propuestas de mejora relativas”.

Pero los sindicatos están posisicionados a los extremos. El Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, que recurrió el último concurso de méritos, admitido por el TSJA, considera junto al CSIF, que la antigüedad no debe computar para los interinos. En cambio, los sindicatos Ustea, UGT y CCOO creen, junto a la Administración, que se debe valorar el tiempo trabajado.

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