Tribunal supremo: vigencia del V Convenio Colectivo de las ETTs
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por las patronales de empresas de trabajo temporal Asempleo y Fedett que pedía, mediante procedimiento de conflicto colectivo y alegando que había decaído el convenio en aplicación de la reforma laboral, la nulidad del V Convenio Colectivo de Empresas de Trabajo Temporal (ETTs).
Sindicalmente se celebra que el Tribunal Supremo haya puesto lo que considera "una dosis de cordura" en este conflicto y espera que esta decisión "sonroje a los dirigentes de las grandes ETTs a los que tanto se les ha llenado la boca de promulgar sus bondades de conseguir empleo en España, pero que de forma intencionada se han acogido a este espúreo argumento de la ultraactividad para "congelar" las condiciones laborales y salariales de su propio personal".
Esta decisión avala el criterio de la Audiencia Nacional de que se mantenga la vigencia del convenio, porque éste incluye una cláusula donde se establece que, en el supuesto de que una vez denunciado no se hubiera alcanzado acuerdo, se perdería el contenido obligacional, manteniendo por tanto la vigencia del contenido normativo.
Sindicalmente se celebra que el Tribunal Supremo haya puesto lo que considera "una dosis de cordura" en este conflicto y espera que esta decisión "sonroje a los dirigentes de las grandes ETTs a los que tanto se les ha llenado la boca de promulgar sus bondades de conseguir empleo en España, pero que de forma intencionada se han acogido a este espúreo argumento de la ultraactividad para "congelar" las condiciones laborales y salariales de su propio personal".
Sindicalmente se ha emplazado a las patronales Asempleo y Fedett a que den paso a unas negociaciones "de buena fe, por el bien de sus propios trabajadores".
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