Inconstitucional la cesión de bienes del patrimonio sindical acumulado

Se declara incostitucional el decreto sobre cesión de bienes del patrimonio sindical acumulado
Este miércoles, 20 de julio de 2016, se hacía pública la sentencia sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular (PP) contra el Real Decreto-ley 13/2005, de 28 de octubre, por el que se modifica la Ley 4/1986, de 8 de enero, de cesión de bienes del patrimonio sindical acumulado.


El Real Decreto-ley 13/2005 es declarado inconstitucional por el Tribunal y, de esta forma, expulsado de la legislación. El fundamento para dictar esta sentencia de inconstitucionalidad se encuentra en la vulneración del artículo 86.1 de la Constitución Española, que regula las condiciones de recurso a la fórmula legislativo de Decreto-ley.

El citado precepto establece que en caso de extraordinaria y urgente necesidad el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales, que adoptarán la forma de decretos-leyes. La extraordinaria y urgente necesidad a que alude el precepto constitucional supone un requisito o presupuesto habilitante de inexcusable concurrencia.

El Tribunal, siguiendo la tesis reaccionaria sostenida por el PP en su demanda, no considera que el retraso en la reparación de la injusticia histórica que supuso la incautación de los bienes de las organizaciones sindicales y la situación de incertidumbre en la titularidad de tales bienes constituyan casos de extraordinaria y urgente necesidad.

El Constitucional se acoge también a los posicionamientos reaccionarios defendidos por el PP, cuando niega la inseguridad jurídica que generaba el indefinido mantenimiento de incertidumbres sobre la titularidad de unos bienes y sobre la cantidad que habría de satisfacerse por la restitución y los perjuicios que la demora en resolver ésta ocasionaban a sus beneficiarios, limitando la capacidad de actuación de unos sujetos, como los sindicatos, cuya actividad está constitucionalmente reconocida, así como niega la urgente necesidad de la reparación de una injusticia histórica.

La declaración de inconstitucionalidad del Real Decreto-Ley 13/2005 anula todos los actos basados en dicho decreto que no sean firmes, es decir, que anula todos los actos de revisión sobre las devoluciones y compensaciones del patrimonio sindical acumulado. Compete ahora al Tribunal Supremo dictar el alcance de la aplicación de estas sentencia.

El Patrimonio Sindical Acumulado está integrado por inmuebles, cuya titularidad corresponde a la Administración General del Estado y que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4/1986, de 8 de enero, de Cesión de Bienes del Patrimonio Sindical Acumulado, se ceden en uso a las organizaciones sindicales y empresariales para que puedan desarrollar las funciones que les reconoce el ordenamiento jurídico.

La gestión del régimen de cesiones en uso a los sindicatos y asociaciones empresariales del patrimonio sindical acumulado así como la gestión del patrimonio sindical histórico sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos superiores y directivos del ministerio corresponde a la Subsecretaría de Empleo y Seguridad Social, a través de Oficialía Mayor.

Referencia BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 36 Sábado 11 de febrero de 2012 Sec. I. Pág. 12579. 

Entre los actos de gestión de este patrimonio se incluyen las operaciones de compra y venta, así como de permutas de inmuebles en todo el territorio nacional de las cuales se ofrecerá información a través de esta página web.

Enlaces ministerio trabajo y seguridad social: Normativa reguladora | Solicitud de espacios | Comunidades de usuarios | Gestión de patrimonio inmobiliario |

SOMOS sindicalistas Arainfo | Imagen Wikimedia (Ignacio Renuncio)

Entradas populares de este blog

Plazas para trabajar en el Banco de España

Al sector laboral bancario en España se lo están cargando.

¿Estás hart@ de los sindicatos que son manejados al antojo por sus cúpulas privilegiadas y subvencionadas por gobiernos y empresarios? ¿Quieres presentarte a las elecciones sindicales con SOMOS SINDICALISTAS? Te informamos y apoyamos en todo el proceso, escríbenos, FORMAS PARTE DEL CAMBIO ---> somosindicalistas@somosindicalistas.es